miércoles, 7 de octubre de 2015

PROPONE PARTIDO VERDE TERMINAR CON GREENWASHING QUE ENGAÑA A CONSUMIDORES

Multas a empresas con publicidad de falsos bienes o productos sustentables




De la Redacción 

Huatusco en Línea 

Cd. de México, 7 de octubre de 2015.- El Partido Verde propuso reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor para impedir y sancionar las prácticas Greenwashing en el país, debido a que constituyen un fraude a los consumidores que adquieren un producto o servicio promocionado  con supuestos beneficios ambientales.

El Vice Coordinador del Grupo Parlamentario del Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), Javier Herrera Borunda dijo que se propone prohibir la publicidad engañosa en relación con las prácticas ambientales con sanciones de hasta un 10 por ciento de los ingresos brutos anuales del infractor, recursos que serán para Fondo para el Cambio Climático.

El Greenwashing o impostura verde, es el acto de inducir al error a los consumidores en relación con las prácticas ambientales de una empresa o los beneficios ambientales de un producto o servicio al aprovechar el aumento progresivo de la conciencia social sobre la necesidad de un modelo que permita satisfacer las necesidades humanas de modo más racional y sustentable, “existen campañas de marketing en publicidad verde, que en ocasiones puede ser engañosa, lo cual se conoce como Greenwashing”.

Herrera Borunda, dijo que se propuso el Decreto por el que reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley federal de Protección al Consumidor, se adiciona un tercer párrafo al artículo 32 que establece que,“La información o publicidad relativa a bienes, productos o servicios que se difundan por cualquier medio o forma, deberán ser veraces, comprobables y exentos de textos, diálogos, sonidos, imágenes, marcas, denominaciones de origen y otras descripciones que induzcan o puedan inducir a error o confusión por engañosas o abusivas”.

Agregó que la Procuraduría podrá emitir lineamientos para el análisis y verificación de dicha información o publicidad a fin de evitar que se induzca a error o confusión al consumidor, considerando el contexto temporal en que se difunde, el momento en que se transmite respecto de otros contenidos difundidos en el mismo medio y las circunstancias económicas o especiales del mercado

El legislador del PVEM, dijo que en el caso del Artículo 40 Bis, se establece que,  las aseveraciones genéricas como “verde”, “ecológico” o “sustentable” deben justificarse expresamente.

Mientras que en el Artículo 128 Bis, se especifica que,  en casos particularmente graves, la Procuraduría podrá sancionar con clausura total o parcial, la cual podrá ser hasta de noventa días y con multa de 138 mil 854 pesos  con 28 centavos a tres millones 887 mil 919 pesos con 91 centavos.


El diputado veracruzano, insistió en todos los recursos que se recauden por concepto de las violaciones a lo establecido por el párrafo tercero del Artículo 32, serán destinados al Fondo para el Cambio Climático.

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